Discernimiento Espiritual Comunitario Parte IV: Condiciones comunitarias

El discernimiento comunitario es un tema que resonó con fuerza durante la última Congregación General (la 36°). Desde entonces, los jesuitas de todo el mundo han intentado profundizar en el sentido y la experiencia del discernimiento comunitario. Compartimos aquí la primera parte de un artículo publicado por la Conferencia de Provinciales de América Latina y el Caribe (CPAL) sobre el tema. 

Por: P. Hermann Rodríguez S.J.

Generalmente, las comunidades que se proponen hacer un discernimiento comunitario se interesan por las condiciones que hacen posible este ejercicio espiritual. Se busca aclarar primero la posibilidad teórica de esta práctica y los pasos concretos de un método lo más claro y definido posible. Sin embargo, la mayor dificultad no está en los aspectos teóricos, ni aún en los aspectos prácticos, estrictamente hablando; el mayor problema está en las deficiencias de la vida de comunidad. El estilo de vida de las comunidades debe favorecer la comunicación y la creación de un sujeto comunitario. Es en esta dinámica, capaz de crear un nosotros, y no en la simple yuxtaposición de los miembros, donde se debe buscar la voluntad de Dios.

Esta construcción del sujeto comunitario, ocupa el primer lugar en el camino del discernimiento compartido; se trata de crear una auténtica comunión entre los miembros del grupo; comunión que supone, tanto el momento de la unidad alrededor de un mismo objetivo o fin, como el momento del reconocimiento de las diferencias:

“La Comunidad que desea discernir debe estar unida de antemano por una vocación común, y tener la convicción de que todos los miembros adhieren a la línea de pensamiento o acción desde la que se desea iniciar el discernimiento. Este acuerdo no implica presuponer al inicio cuál será el resultado final del proceso. Sino que las diversas tensiones que operan dentro de la comunidad  pueden resolverse mediante una solución en la que convergen el dinamismo religioso y la creatividad apostólica. El acuerdo básico (del que no hay que apresurarse a creer que ha sido alcanzado) presupone que el objeto de discernimiento ha sido elegido, que la comunidad está determinada a abrirse a lo que sea que Dios quiera comunicar, directamente o a través de otros, es decir, deseando aceptar cualquier cosa manifestada en sí misma dentro de la comunidad y por la  comunidad como algo que viene del Señor.”

No podemos suponer, demasiado pronto, la existencia de esta condición previa en una comunidad. Añade aquí Dumeige algunas señales que permiten reconocer esta comunión básica: cuando el objeto del discernimiento ha sido ya escogido; cuando la comunidad está dispuesta a abrirse a lo que Dios quiera manifestarles directamente, o a través de los demás miembros, y a reconocer en ello la voluntad del Señor. Otros comentaristas del discernimiento comunitario también insisten en esta condición inicial[21]. Este principio cumple, en el discernimiento espiritual comunitario, la función que cumple el Principio y Fundamento en los EE. Es el centro desde el cual brota la vida y el sentido de toda la búsqueda de la voluntad de Dios. Si este principio no está bien colocado y definido, será imposible intentar una búsqueda común de la voluntad de Dios.

La experiencia de comunión alrededor del fin último que orienta la búsqueda de la comunidad, deberá crear condiciones de comunicación suficientes para iniciar el proceso. Se requiere un clima de confianza recíproca que, evidentemente, no se puede improvisar ni mucho menos imponer. Este clima de comunicación mutua está hecho de factores imponderables, de disposiciones de ánimo y de buena voluntad:

“El clima ideal para el Discernimiento en común es el de la amistad sincera, y tal amistad tampoco puede alcanzarse de la noche a la mañana. El recreo en común, en el caso de las comunidades religiosas, la participación en los descansos extraordinarios, la asistencia a ciertos actos de comunidad no obligatorios, la renuncia parcial a los propios planes, el sacrificio del tiempo programado individualmente, en una palabra todo lo que signifique preferir las personas a las obras, los intereses comunitarios a los particulares, forma parte de las precondiciones del Discernimiento en común».

Estas disposiciones son formas exquisitas de caridad que no siempre encuentran una expresión verbal, pero que sí se perciben en el ambiente y son capaces de crear las condiciones necesarias de una comunicación profunda entre los miembros de una comunidad. El silencio y la palabra son dos elementos indispensables en el proceso de la comunicación:

“En el interior del diálogo el hecho de callarse es tan significativo como el hecho de hablar. Por esta causa los evangelios señalan con toda claridad la diferencia entre el silencio que está siempre lleno de sentido y el mutismo –es decir, el hecho de ser mudo– que carece de todo significado».

De este modo, es fundamental tener en cuenta, en el diálogo y la comunicación al interior de una comunidad, no sólo las palabras y opiniones que se expresan verbalmente, sino también los silencios que son, a su manera, una palabra que hay que saber escuchar e interpretar.

Como lo habíamos mencionado más arriba, la comunión supone, también, el momento del reconocimiento de las diferencias existentes entre los miembros de la comunidad. Querer borrar la tensión que existe entre lo diferente es querer matar a la misma comunidad. Esta tensión, evidentemente, en niveles soportables, es la que mantiene vivo el cuerpo y le permite buscar una solución a sus problemas. La psicología reconoce que es precisamente la angustia del enfermo la que le puede llevar a su curación. Esto es, precisamente, lo que hace el discernimiento espiritual comunitario: no deja a la comunidad en la quietud y en el letargo estéril, sino que la mueve, la angustia, la inquieta por dentro, y la dispone en una actitud de búsqueda para que encuentre salidas a sus problemas y pueda crecer.

En este sentido, cada uno de los miembros del grupo debe sentirse reconocido en su vocación particular. Sólo así, la decisión final incluirá a todos y cada uno de los miembros, creando una comunión que no pasa por encima de la vocación de ninguno:

«(…) hay que cerciorarse de que se dan las condiciones necesarias para que sea reconocida por el grupo la vocación de cada uno. Cada uno es llamado por su nombre, según lo que él es y según la gracia que se le da, a participar en la realización de ese plan universal de Dios. Así pues, aunque se trata de tomar una decisión comunitaria, tal decisión en ningún caso deberá ir contra la vocación personal de cada uno. ¿Qué se debe hacer para que cada uno se reconozca a sí mismo en la decisión común? Hay una respuesta teórica a esta pregunta: que desde el comienzo mismo se reconozca a cada cual por lo que es en la comunidad y que la comunidad se considere responsable de cada uno de sus miembros».

Lo que Dhôtel llama decisión comunitaria, no debe entenderse en principio, como un acuerdo al que se llega finalmente por mayoría de votos. El discernimiento espiritual comunitario, lo hemos repetido suficientemente, no desconoce el papel del Superior competente que debe tomar la última decisión, sí teniendo en cuenta el camino recorrido, pero con la independencia y responsabilidad propia de su servicio de autoridad. De modo que la aceptación, desde un comienzo, de esta forma concreta de llegar a la definición del discernimiento en común, deberá hacer parte de las condiciones que requiere la comunidad que se ejercita en la búsqueda de la voluntad de Dios. La comunidad debe dar un cheque en blanco al Espíritu Santo antes de comenzar el discernimiento y confiar en la honestidad del que desempeña el servicio de la autoridad, comprometiéndose de antemano con cualquier cosa que llegue a decidirse.

Resumiendo las condiciones comunitarias, podíamos decir que tendría que haber unidad en el fin y diversidad en los medios; unidad en lo que el grupo busca en último término y diversidad en los medios que consideran los que más y mejor los van conduciendo a alcanzar ese fin. Sin lo primero, se haría imposible un camino de comunicación y de acuerdo en los términos; sin lo segundo, no habría, propiamente hablando, necesidad de un discernimiento, pues habría consenso en la forma de solucionar un problema o una pregunta dada.

 Fuente: Jesuitas Latinoamérica 

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